AYUDAS TURISME COMUNITAT VALENCIANA 2019

AYUDAS TURISME COMUNITAT VALENCIANA 2019
18/01/2019
Les informamos, que recientemente se publicaron en el DOGV las ayudas para el año 2019 dirigidas a empresas, asociaciones, federaciones y fundaciones, destinadas a la mejora de la competitividad de los servicios y productos turísticos de la Comunitat Valenciana.   Ayudas 2019 destinadas a la mejora de la competitividad de los servicios y productos turísticos. Comunitat Valenciana   Bases: Decreto 4/2017 (DOCV 04-04-2017) Convocatoria y Extracto: RSL 21-12-2018 (DOCV 03-01-2019) Plazo solicitudes: se iniciará el 15-01-19 y finalizará el día 15-02-2019. A las 23.59.59h (hora oficial peninsular española) El acceso a la tramitación telemática puede hacerse bien desde la Sede Electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es, apartado «Servicios on-line», o bien directamente al enlace que aparece en el trámite de la Guía Prop correspondiente a cada uno de los programas de ayudas. Objeto: apoyo a proyectos de inversión, investigación, promoción, competitividad, sostenibilidad, mejora de la excelencia, difusión de la imagen de los destinos, promoción y comercialización de servicios y productos turísticos, puesta en valor de recursos y del conjunto de la oferta turística de la Comunitat Valenciana Programa 1: Fomento de la competitividad empresarial. Programa 2: Apoyo a actividades deportivas y culturales de impacto turístico internacional. Programa 3: Impulso al marketing de producto turístico de la Comunidad Valenciana Programa 4: Impulso a las actividades musicales de impacto turístico. Importe máximo de la ayuda global por beneficiario de los programas será de 100.000 €   PROGRAMA 1. FOMENTO DE LA COMPETIVIDAD EMPRESARIAL Objeto: Fomentar la realización de proyectos tendentes a incrementar la competitividad en el mercado nacional e internacional, así como combatir la estacionalidad del producto turístico Beneficiarios: empresas turísticas, siempre que estén debidamente inscritas en el Registro General de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas de la Comunitat Valenciana a la fecha de presentación de la solicitud. Se considerarán empresas turísticas, personas físicas o jurídicas propietarias o explotadoras de establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, bloques o conjuntos de apartamentos turísticos, alojamientos rurales, de restauración, de turismo activo, agencias de viaje, de oferta turística complementaria inscritas en el Registro de turismo de la Comunitat Valenciana a la fecha de presentación de la solicitud. Asimismo, podrán ser beneficiarias las empresas gestoras de viviendas turísticas, siempre que estas sean propiedad de la empresa explotadora o, no siéndolo, si existe entre titular y empresa explotadora un acuerdo sobre la obligación de destinar el bien al tráfico turístico durante un periodo que no podrá ser inferior a cinco años y siempre que tales circunstancias se acrediten adecuadamente. Actuaciones subvencionables: Solo se considerarán inversiones en activos fijos, que supongan una mejora o innovación sobre los requerimientos mínimos a los que las empresas están sujetas por ley. Cada solicitante podrá presentar una solicitud por establecimiento para un único tipo de actuación entre: ? En el Impulso al turismo sostenible y responsable, mediante: a) Inversiones dirigidas a la racionalización del consumo de recursos naturales y la minimización de los impactos ambientales generados por los establecimientos turísticos valencianos sobre su entorno, tales como: ? Inversiones destinadas a la mejora de la eficiencia energética hídrica de los establecimientos turísticos racionalización en consumos de agua en las instalaciones. ? Inversiones destinadas a la reducción del impacto de la actividad turística sobre el entorno: las encaminadas a la reducción de contaminación acústica, lumínica y atmosférica; emisión de humos y eliminación de residuos, sistemas de desinfección complementaria de las conducciones de agua de los establecimientos turísticos ? Inversiones destinadas a la reducción de consumo o sustitución de elementos contaminantes y residuos plásticos y similares- en las instalaciones. ? Inversión en dispositivos de recarga eléctrica de automóviles en los establecimientos de alojamiento turísticos. b) Inversiones en infraestructuras y equipamientos orientadas a la consecución de un modelo eco-turístico sostenible. ? En el Impulso del turismo accesible e inclusivo, mediante: a) Actuaciones que faciliten la accesibilidad y uso de los establecimientos turísticos, instalaciones y otros medios a través de los cuales se presta el servicio, y que tiendan a la igualdad de todas las personas con discapacidad física, visual, auditiva, intelectual y orgánica de los clientes, sean cuales sean sus necesidades, mediante la incorporación de tecnologías dirigidas a atender sus necesidades b) inversiones en obras o sistemas que faciliten la accesibilidad a personas con discapacidad por encima de los requisitos establecidos como obligatorios en la legislación. ? Impulso de la Innovación empresarial a través de la inversión en prestación de servicios de valor añadido, mediante: a) Actuaciones que faciliten el acceso a las aplicaciones técnicas utilizables en la industria turística: – programas de gamificación orientados a incrementar el conocimiento y disfrute de los recursos y productos. – otros elementos tecnológicos encaminados a singularizar la oferta y mejorar la experiencia turística o el uso de software orientado a la mejora de la gestión empresarial turística. b) Implantación de sistemas interactivos de información turística, tales como: la instalación de pantallas interactivas en los establecimientos y puntos de acogida de los usuarios. c) Instalación de sistemas de apertura electrónica de accesos y habitaciones. d) Incorporación de tecnologías en los establecimientos que permitan la comunicación de voz y datos sin utilizar cables (Wifi), incluyendo todas las habitaciones, parcelas, bungalows, apartamentos y zonas comunes. O bien: mejoras de la conectividad inalámbrica de los establecimientos turísticos incluyendo todas las habitaciones, parcelas, bungalows, apartamentos y zonas comunes. e) Incorporación de sistemas de gestión inteligente (domótica) del establecimiento. f) Incorporación de tecnologías que permitan la trazabilidad, monitorización y un mayor conocimiento de la demanda turística a través del manejo y tratamiento de datos mediante técnicas de análisis estadísticos, tecnologías NFC o soluciones de facturación electrónica. g) Incorporación de tecnologías que permitan mejorar la seguridad y disfrute de actividades turísticas en entornos naturales y/o marinos. h) En el caso de empresas que hayan estado adheridas al motor de reservas Travel Open Apps: Implantación de aplicaciones informáticas que faciliten la reserva y la distribución electrónica del producto turístico, creación de páginas web u otros productos digitales siempre que dichas actualizaciones cumplan las siguientes condiciones: – Estén orientados a la comercialización de servicios turísticos y su contenido esté traducido al menos a un idioma extranjero. – Impliquen renovación de la imagen de la web con imágenes de calidad y de contenido experiencial. – Incorporen en la home o portada la marca Comunitat Valenciana y un enlace al portal turístico. i) Otros elementos tecnológicos que mejoren la experiencia turística. Costes subvencionables: los gastos que correspondan de manera indubitada al desarrollo y ejecución de las actuaciones propuestas, a partir de 01-01-2019. El coste subvencionable resultará de la suma de los importes de las partidas del proyecto que, de acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución, puedan ser objeto de ayuda. El IVA de la actuación podrá formar parte del coste subvencionable, siempre que sea soportado efectivamente por el beneficiario y no sea compensable o recuperable, se deberá acreditar. No resultarán subvencionables: las inversiones en mantenimiento, la reposición o la mera sustitución de los equipos y las instalaciones que no supongan una mejora sustancial del rendimiento energético o una reducción del consumo de recursos, un avance tecnológico o un incremento de la seguridad en la prestación de los servicios turísticos. Cuantía: será la cantidad que resulte de aplicar un porcentaje entre el 45 % y 50 % sobre el coste subvencionable. El importe de la subvención no superará los 40.000 euros por establecimiento. No se contemplarán ayudas para proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 8.000€ para proyectos presentados por empresas de alojamiento turístico, ni inferior a 3.000 euros para los proyectos presentados por el resto de empresas turísticas   PROGRAMA 2. APOYO A ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES DE IMPACTO TURÍSTICO INTERNACIONAL Objeto: Incentivar el desarrollo de actividades deportivas y culturales en la Comunitat Valenciana de impacto internacional y que favorezcan la generación de flujos turísticos hacia nuestro destino, contribuyendo a la creación de producto turístico singular y a la desestacionalización de la actividad turística. Beneficiarios: Federaciones, fundaciones, asociaciones y empresas organizadoras de actividades deportivas y culturales de interés turístico que se celebren en la Comunitat Valenciana. Actuaciones subvencionables: Cada solicitante podrá presentar una solicitud para una única actuación, entre las que se relacionan a continuación: 1. Campeonatos, pruebas, concentraciones y eventos deportivos de impacto internacional que se celebren en la CA. 2. Otros eventos culturales de impacto internacional vinculados a las artes escénicas que se celebren en la CA Las ayudas irán destinadas a financiar la promoción y la difusión de la actividad subvencionada en mercados nacionales e internacionales, vinculando necesariamente esta con la promoción y difusión de la oferta turística del destino Comunitat Valenciana, así como parte de los gastos de la organización de la actuación objeto de la subvención. Quedan excluidas de este programa las actuaciones vinculadas al producto turismo musical -festivales musicales y otras manifestaciones– por ser objeto del programa 3 y 4 de esta convocatoria. Las actividades subvencionables son: a) Campañas de publicidad en medios de comunicación on y off-line. b) La publicidad a través de otros soportes de difusión. c) Gastos concretos de la organización de la actuación subvencionable. Las actividades subvencionables serán las que se realicen entre el 01-01-2019 y el 31-12-2019. Costes subvencionables: los gastos que correspondan de manera indubitada al desarrollo y ejecución de las actividades propuestas, a partir de 01-01-2019. Cuantía: cantidad que resulte de aplicar entre el 45 % y el 50 % sobre coste subvencionable. El importe de la subvención no superará los 40.000 euros por proyecto subvencionado. No se contemplarán ayudas para proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 10.000 euros.   PROGRAMA 3. IMPULSO AL MARKETING DE PRODUCTO TURÍSTICO DE LA COMUNITAT VALENCIANA Objeto: Incentivar el desarrollo de proyectos que contribuyan a introducir en el mercado nuevos productos turísticos de carácter desestacionalizador y base experiencial para diversificar la oferta, su promoción y comercialización. Estas acciones deberán suponer una diferenciación y/o diversificación de la oferta de la Comunitat Valenciana que favorezca la desestacionalización, sostenibilidad y vertebración de la actividad turística Beneficiarios: asociaciones y empresas, que desarrollen actuaciones de promoción y comercialización de productos turísticos de la Comunitat Valenciana. Actuaciones subvencionables: Cada solicitante podrá presentar una solicitud para un único proyecto cuyas actuaciones subvencionables podrán ser una o varias entre las que se relacionan a continuación: a) Campañas de publicidad en medios de comunicación on y off line. b) Creación de soportes o canales de difusión multiidioma. c) Gastos de participación en ferias o acciones promocionales promocionales y misiones comerciales. d) Gastos derivados de la contratación de asistencia técnica externa dirigida a impulsar la gestión de la promoción y comercialización de productos turísticos de la Comunitat Valenciana. La actuación subvencionable deberá tener por objeto el posicionamiento, la promoción, distribución o comercialización de productos turísticos especializados, segmentados y de base experiencial y serán las que se realicen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019. Costes subvencionables: los gastos que correspondan de manera indubitada al desarrollo y ejecución de las actuaciones propuestas, a partir de 01-01-2019. Cuantía: será la cantidad que resulte de aplicar un porcentaje entre el 60 % y el 70 % sobre el coste subvencionable. El importe de la subvención no superará los 15.000 euros por proyecto subvencionado. No se contemplarán ayudas para proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 3.000 €.   PROGRAMA 4: IMPULSO A LAS ACTIVIDADES MUSICALES DE IMPACTO TURÍSTICO Objeto: Incentivar el desarrollo de actividades musicales en la Comunitat Valenciana de impacto turístico, contribuyendo a la creación de un producto turístico singular y a la desestacionalización de la actividad turística a través de Meditarranew Musix / Mediterranew Fest. Beneficiarios: empresas organizadoras de actividades de carácter musical de impacto turístico que se celebren en la Comunitat Valenciana. Actuaciones subvencionables: Cada solicitante podrá presentar una solicitud para una única actuación o evento culturales de carácter musical con impacto turístico que se celebre en la Comunitat Valenciana. Las ayudas irán destinadas a financiar la promoción y la difusión de la actividad subvencionada en mercados nacionales e internacionales, vinculando necesariamente esta con la promoción y difusión de la oferta turística del destino Comunitat Valenciana, así como parte de los gastos de la organización de la actuación objeto de la subvención. Las actividades subvencionables son: a) Campañas de publicidad en medios de comunicación on y off-line. b) La publicidad a través de otros soportes de difusión. c) Gastos concretos de la organización de la actuación subvencionable. Las actividades subvencionables serán las que se realicen entre el 01-01-2019 y el 31-12-2019. Costes subvencionables: Formarán parte del coste subvencionable los gastos que correspondan de manera indubitada al desarrollo y ejecución de las actividades propuestas, a partir de la 01-01-19. Cuantía: será la cantidad que resulte de aplicar un porcentaje entre el 30 % y el 50 % sobre el coste subvencionable. El importe de la subvención no superará los 75.000 euros por proyecto subvencionado. No se contemplarán ayudas para proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 10.000 euros.    
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